20 de xuño de 2013

AGRAVIO COMPARATIVO

Con motivo da incorporación dos traballadores do ERE suspensivo, a nosa Dirección de Area esta a negociar a desvinculación da Empresa da xente de máis idade.
 
Esta actuación está a acontecer en toda España cunha SUBSTANCIAL DIFERENZA:
 
 AS CONDICIÓNS ECONÓMICAS OFERTADAS NOUTRAS AREAS SON INFINITAMENTE SUPERIORES AS OFERTADAS NA AREA GALICIA.
 
Ante esta inxusta actuación, o Comité quere convocar a todos aqueles traballadores que se encontren nesta situación a que se poñan en contacto con nós para poder estudar cada caso concreto
 
O vindeiro martes, día 25, o Comité se reunirá as oito do serán para tratar entre outros este tan grave e importante tema, e establecer as medidas a tomar.
 
Calquera que esté interesado en asistir a esta reunión, pode poñerse en contacto cos membros do Comité.

Un saúdo,


3 de xuño de 2013

Seguimento. Acta nº 7

Bos días,
 
Unha vez retomadas as negociacións da mesa de seguimento do ERE, transcribimos o derradeiro acta. En vermello tedes a referencia ao acta anterior á que se refire cada punto.
 

ACTA Nº7 COMISION DE SEGUIMIENTO DEL EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO DE LA EMPRESA ACCIONA INFRAESTRUCTURAS


 
En Madrid, a 21 de marzo de 2013
De una parte: D. Oscar Mangado y D. Eduardo Castilla, actuando en representación de la empresa ACCIONA INFRAESTRUCTURAS S.A.
Y de otra parte, los abajo firmantes, miembros de la Comisión de Seguimiento del expediente actuando en nombre y representación de los trabajadores de la citada empresa,

ORDEN DEL DIA

1.- La empresa informa sobre los puntos pendientes según compromiso adquirido en la última Comisión de Seguimiento:
  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 4 del Acta anterior, la empresa comunica la imposibilidad de entregar esa información sin conocer el caso concreto de denuncia, entendiendo que no es el foro adecuado y por tanto no es competencia de esta Comisión.
    4.- La RLT solicita relación de personas de la Dirección Económico-Financiera adscritos en Central, según relación nominal facilitada en la reunión de fecha 24/1/2013, con los fichajes de entrada y salida desde el comienzo del Expediente hasta la fecha actual.
  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 5 del Acta anterior, la empresa comunica la imposibilidad de entregar esa información sin conocer el caso concreto de denuncia, entendiendo que no es el foro adecuado y por tanto no es competencia de esta Comisión.
    5.- La RLT solicita relación de personas de la Obra BBVA adscritos en Delegación Centro con los fichajes de entrada y salida desde el comienzo del Expediente hasta la fecha actual.

  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 6 del Acta anterior, la empresa comunica la imposibilidad de entregar esa información, a esta Comisión solo le compete la relación de personas afectadas por el ERE siendo cada Comité de cada centro de trabajo el que recibe dicha información.
    6.- La RLT solicita relación de personas que han causado baja en la Compañía desde el comienzo del Expediente hasta la fecha actual.

  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 7 del Acta anterior, la empresa entrega en cada Comisión la relación de personas solicitadas, informando con antelación a esta Comisión del paso a extinción del personal suspendido.
    7.- La RLT solicita relación de personas suspendidas que van a pasar a extinción por imposibilidad de reubicación en la Compañía.

  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 13 del Acta anterior, la empresa informa que con fecha 13 de marzo se ha levantado la suspensión de contrato del personal de la Delegación de Cataluña. 

    13.- La RLT solicita aclaración sobre el personal de la Delegación de Cataluña afectado por reducción de jornada y que a fecha de hoy continúan en dicha modalidad.
    Por parte de la Empresa, se informa nuevamente, que la desafección de cualquier medida viene motivada por la carga de trabajo, siendo en estos casos la misma que en el inicio del ERE, motivo por el cual, hasta la fecha no han sido desafectados.
     
  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 14 del Acta anterior, la empresa comunica la imposibilidad de entregar esa información, a esta Comisión solo le compete la relación de personas afectadas por el ERE siendo cada Comité de cada centro de trabajo el que recibe dicha información.
    14.- La RLT solicita relación de trabajadores de la Zona de Aragón que a fecha de hoy tienen contrato por Obra o Servicio determinado.
  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 18 del Acta anterior, la empresa comunica que estudiará las denuncias concretas de irregularidades.
    18.-La RLT comunica que está produciéndose un agravio comparativo entre los trabajadores desplazados al producirse diferencias significativas en el cobro de
    kilometraje, coche, peajes, gasolina.
  •  Respecto a la solicitud de la RLT reflejada en el punto 22 del Acta anterior, la empresa informa que se realizará según Acuerdo del ERE con la notificación previa a esta Comisión.
    22.- La RLT solicita a ia dirección de la empresa que los trabajadores afectados por el ERE de suspensión y que se encuentran a punto de terminar el período de 6 meses, no se les despida incluso en el caso de que tuvieran que superar los 6 meses de situación de desempleo, y que se informe a la Comisión de Seguimiento antes de iniciar cualquier despido.
2.- La empresa informa sobre diversas modificaciones realizadas en la relación de personas afectadas en las distintas medidas del expediente y que se concretan en cambios de fecha de antigüedad, cambios de fecha de aplicación de la medida y cambios de la medida de aplicación, entregando una relación pormenorizada de los mismos.
3.- La empresa informa sobre los procesos de recolocación nacional e internacional de diversos afectados por el expediente, entregando relación de los mismos.
4.- La empresa informa sobre el desarrollo del Plan de Formación específico para el personal suspendido, entregando ratios de participación y listado de asistentes.
5.- En contra de lo manifestado por la Empresa, la RLT considera que sí es competencia de esta comisión disponer de los datos necesarios para controlar que no se está vulnerando la normativa en relación con el ERE y considera que la prolongación de las jornadas de trabajo de forma habitual en departamentos y obras no es compatible con el mantenimiento de la suspensión o reducción de muchos trabajadores que pueden ser desafectados para trabajar en estos centros donde hay una actividad más allá de la jornada laboral oficial, por lo tanto, se insiste en solicitar los fichajes de entrada y salida del personal en aquellos centros donde la RLT tiene constancia de que esto ocurre. La sistemática negativa de la empresa a dar esta información podría ser la prueba incontestable de que la RLT tiene razón en sus apreciaciones.
6.- La RLT entiende que la empresa está vulnerando la legislación al no disponer de un plan de formación concreto para los afectados por reducción en el ERE y tampoco disponer a día de hoy del plan de formación general de la empresa para este año. En relación con la documentación entregada se solicita que la denominación de gerente sea sustituida por la categoría profesional de convenio ya que la RLT desconoce la lista de gerentes existentes, relación que la empresa no quiere facilitar.
7.- En relación con la "excedencia especial", la empresa, a instancias de la RLT, aclara que el trabajador que, en cualquier momento comprendido dentro de los cinco años
siguientes a su salida, vuelva a España, ya sea por su voluntad o razones de la empresa, tendrá derecho a la indemnización pactada en el ERE. En el caso de que sea por despido no disciplinario se le restará la indemnización percibida en el país que corresponda. La RLT quiere volver a manifestar que hay muchos agravios comparativos en relación con las condiciones en que se van unos y otros trabajadores ya que hay empleados que se van expatriados y no pierden sus derechos actuales, otros que se van desplazados y tampoco los pierden y otros que se van con esta excedencia especial con la que renuncian a sus derechos de antigüedad, sueldo, categoría, etc… percibidos en España, lo que sería la explicación de por qué se rechazan tantas ofertas por parte de afectados por el ERE para trabajar en el extranjero.
8.- La RLT comunica que a día de hoy no ha sido abonada la prestación de desempleo de los meses de julio, agosto etc. en la delegación de Cataluña motivado por el retraso en la presentación de la documentación, solicitamos que dicho mes sea asumido como salario por la Empresa.
9-. Se informa a Acciona Infraestructuras, S.A., que el trabajador D. Cristóbal Zafrilla Salas, que se encuentra actualmente en suspensión con motivo del ERE, está interesado y se ofrece para trabajar en la obra que nos han adjudicado en Albacete, aunque sea de la empresa ACCIONA MANTENIMIENTO, ya que se trata de una obra de conservación de firmes, así como adaptación de aceras, etc... alegando el trabajador que está plenamente capacitado para realizar esas funciones.
10.- La RLT pregunta en que situación nos quedamos las personas que estamos en ERE y representamos a los trabajadores. No estamos protegidos por la empresa ya que esta no contempla dar de alta a las personas por el cómputo global de las horas sindicales ni por el desplazamiento a las reuniones correspondientes del seguimiento del ERE, o ejerciendo sus funciones de representación de los trabajadores en los diversos centros de trabajo estando incluidos en medidas de suspensión o reducción.
11.- La RLT comunica que hay trabajadores que no han cobrado la prima o incentivos de obra por estar en ERE, habiendo sido ésta firmada por jefes de obra. ¿Esta retenida?, ¿se les va a abonar?.
Se cierra la fecha para la celebración de la próxima reunión de esta Comisión, siendo el día 25 de abril a las 11.00 h en estas oficinas centrales.
Sin más asuntos que tratar se da por finalizada la presente sesión.